Incentivo de cumplimiento de jornada ¿Puede reducirse su cuantía en proporción a la jornada trabajada?.
Persona trabajadora con reducción de jornada por guarda legal.
El convenio colectivo de aplicación en la empresa prevé un incentivo de cumplimiento de jornada, de percepción mensual, que se abona a cada persona trabajadora que no tenga más de una ausencia al mes. Frente a la práctica empresarial de abonar a las personas trabajaras acogidas a la reducción de jornada por guarda legal, el complemento de forma proporcional a la jornada realizada, presenta demanda la representación sindical. Solicita que se reconozca el derecho de estas personas trabajadoras a percibir la cuantía íntegra del complemento. Sostiene, además, que esta práctica es discriminatoria por afectar la reducción de jornada por guarda legal en un porcentaje superior a mujeres que a hombres.
Más información en: ¿PUEDE REDUCIRSE UN COMPLEMENTO DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD EN PROPORCIÓN A LA JORNADA TRABAJADA? - Manuel Borges Abogados (mborgesabogados.com)