Cambios en las prestaciones de maternidad y paternidad para autónomos.
La Ley 6/2017 de reformas urgentes del trabajo autónomo modifica, con vigencia de 1-3-2018, el art.318.a de la LGSS y los art.24 y 25 de la L 47/2015, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.
La modificación establece un nuevo sistema de cálculo de la base reguladora de las prestaciones de maternidad y paternidad de los trabajadores por cuenta propia incluidos en el RETA y en el grupo primero de cotización del REM. A partir de ahora, las pensiones van a consistir en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora diaria, resultado de dividir la suma de las bases de cotización de los 6 meses inmediatamente anteriores entre 180. Si no se ha permanecido en alta durante esos 6 meses, la base reguladora se divide entre el número de días en alta.
Hasta el 28-2-2018, la base reguladora de estas prestaciones era la de la IT derivada de contingencias comunes, es decir, la base del mes anterior dividida entre el número de días a que la cotización se refiere.
NOTA:
Con esta medida se completa la entrada en vigor de la L 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.
L 6/2017 disp.final 4ª