Ampliado el permiso de paternidad a 5 semanas
A partir del 5-7-2018 se amplía a 5 semanas (hasta ahora 4 semanas) el derecho a la suspensión del contrato por paternidad. Estas 5 semanas se amplían en 2 días más por cada hijo a partir del segundo en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple.
Respecto del disfrute del permiso, se establece que el período de suspensión del contrato debe ser ininterrumpido.
La última semana puede disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los 9 meses siguientes a la fecha de nacimiento del hijo, la resolución judicial o la decisión administrativa; para ello, es necesario un acuerdo entre empresario y trabajador, que debe adoptarse al inicio del período de suspensión. De producirse esta interrupción, el subsidio se reanudará en la cuantía que hubiera correspondido durante la primera fracción del descanso.
El disfrute del permiso puede efectuarse a jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo con el empresario, pero el régimen de jornada debe ser el mismo para todo el período de suspensión
En el mismo sentido se amplía la duración del permiso por paternidad para los empleados públicos.